Matrimonio ante notario: Características y documentación necesaria

Matrimonio ante notario: Características y documentación necesaria

El matrimonio ante notario consiste en una ceremonia en presencia de un notario público que en este caso sustituye al funcionario civil o religioso.

En este artículo vamos a comentar algunas particularidades de este tipo de matrimonio. Si quieres tener más información sobre el matrimonio ante notario en la notaría de Barcelona Bosch-Bages pueden asesorar..

Matrimonio ante notario

En el matrimonio ante notario, éste se encarga de oficializar la ceremonia y de certificar legalmente la misma. Este tipo de matrimonio es una opción para las personas que quieran una ceremonia privada y con más intimidad. También puede ser la opción para aquellas personas que rechacen la ceremonia religiosa o la civil más tradicional.

Características de este tipo de matrimonio

Las características del  matrimonio ante notario son variables según el país o la región donde tengan lugar. Vamos a destacar algunas de las características más importantes que lo diferencian del resto de tipos de matrimonio:

  • Ceremonia civil: Se trata de una ceremonia civil. Por lo tanto no religiosa. El notario es quién actúa como autoridad civil, sin tener ninguna función religiosa.
  • Mayor intimidad: El matrimonio ante notario se celebra ante el notario, los contrayentes y los testigos. Particularidades que lo convierten en una ceremonia más íntima y privada en comparación con las ceremonias tradicionales. Además, al ser una ceremonia civil, no hay necesidad de seguir ritos o tradiciones religiosas. Algo que resulta más cómodo para algunas personas.
  • Legalidad: Este tipo de matrimonio tiene la misma validez legal que el matrimonio civil tradicional, siendo reconocido por las autoridades gubernamentales.
  • Rápido y económico: En algunos países, es más rápido y económico que el matrimonio civil tradicional.
  • Certificado de matrimonio: La unión queda legalmente acreditada con el certificado que el notario proporciona a los contrayentes después del enlace.
  • Flexibilidad: Se realiza en cualquier momento y lugar. Sólo es necesario cumplir con los correspondientes requisitos legales. Además, los contrayentes personalizan la ceremonia según sus preferencias, lo que lo hace una opción más flexible que las ceremonias tradicionales.

Trámites necesarios

Para el matrimonio ante notario, igual que en el resto de enlaces, sean religiosos o mediante el registro civil, son necesarios una serie de requisitos y trámites previos, como por ejemplo:

  • Documentación: Debemos reunir la documentación necesaria para acreditar que los contrayentes cumplen con los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil.
  • Expediente matrimonial: Gestión del expediente matrimonial y tramitación en el registro civil. Esta gestión suele delegarse en un abogado de familia.
  • Celebración inscripción del enlace: Celebración del enlace matrimonial ante notario. El mismo notario será el encargado de inscribir el matrimonio. Algo que es posible desde el pasado 30 de junio de 2017.

Debemos tener en cuenta que la obtención del expediente matrimonial puede tardar entre 2 y 6 meses, ya que depende del visto bueno del Registro Civil.

Para formalizar una boda civil es competente cualquier notario, siempre y cuando tenga potestad para actuar en el lugar donde se celebre el enlace. El 23 de julio de 2015 se modificó la Ley de Jurisdicción Voluntaria, ampliando la capacidad de celebrar matrimonios civiles a notarios y secretarios judiciales. Además como hemos apuntado con anterioridad, desde el 30 de junio de 2017 es el mismo notario quien se encarga de la inscripción del matrimonio.

Documentación necesaria

Para contraer matrimonio ante notario es necesaria la siguiente documentación:

  • Documento de identidad oficial y vigente de los contrayentes (DNI, pasaporte, cédula, etc.).
  • Certificado de nacimiento de ambos contrayentes, el cual deberá tener una antigüedad no mayor a seis meses.
  • En caso de que alguno de los contrayentes haya estado casado previamente, se deberá presentar el certificado de divorcio o la sentencia de nulidad del matrimonio anterior.
  • Si alguno de los contrayentes es viudo, se deberá presentar el certificado de defunción del cónyuge anterior.
  • Certificado de empadronamiento o residencia de los contrayentes, el cual deberá tener una antigüedad no mayor a tres meses.
  • En algunos casos, se puede requerir una declaración jurada de soltería por parte de los contrayentes.

Es importante recordar que los requisitos para contraer matrimonio ante notario varían según el país y la legislación local. Por lo tanto, es recomendable verificar con el notario o con las autoridades locales correspondientes cuál es la documentación necesaria en cada caso.

Validez del matrimonio ante notario

El matrimonio ante notario tiene la misma validez legal que el matrimonio civil tradicional, siendo reconocido por las autoridades gubernamentales. El notario actúa como autoridad civil y tiene la facultad de celebrar matrimonios y emitir un acta de matrimonio que tiene el mismo valor legal que el acta de matrimonio emitida por las autoridades civiles o religiosas.

Testigos necesarios

El número de testigos que se necesitan para una boda ante notario variará según el país o región donde se celebre, ya que las leyes y requisitos para el matrimonio ante notario pueden ser diferentes en cada lugar. En algunos países, son necesarios dos testigos. En otros pueden requerirse tres o o incluso más

Normalmente, los testigos son personas mayores de edad que presencian la ceremonia y firman el acta de matrimonio para certificar que ésta se ha llevado a cabo de manera legal y válida. Frecuentemente los testigos son familiares, amigos o conocidos de los contrayentes, pero en algunos países, como España, los testigos deben ser personas que no tengan parentesco cercano con los contrayentes, como amigos o vecinos.

Es importante tener en cuenta que las leyes y los requisitos para este tipo de matrimonio ante notario varían según el país y la región, por lo que es recomendable consultar con un notario o abogado especializado en derecho matrimonial para obtener información específica y precisa sobre los procedimientos y requisitos legales en su área.


Autor: Josep Mª Reichardt | Artículos - Linkedin de Josep Mª Reichardt - Twitter
Josep Mª Reichardt es economista y MBA por ESADE, asesor financiero y consultor del sector turístico. Ha sido Director Financiero en GrupCaixa, gestionando de carteras de seis Fondos de Inversión.

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