El testamento vital es un documento que cuenta con una gran diferencia ante el testamento sucesorio, ya que por medio del testamento vital la persona resuelve que se va a hacer con su cuerpo y con el testamento sucesorio se especifica la repartición de sus bienes.
Cada Comunidad Autónoma cuenta con una serie de requisitos y formas que deben conocerse antes de la realización de este tipo de testamento. Su objetivo principal es la de especificar las voluntad es acerca de los cuidados y tratamientos médicos futuros si se llega a sufrir de alguna enfermedad.
Con este documento se puede expresar libremente la voluntad, para aquellos momentos en que ya no se pueda. Además, se puede especificar cuál será la disposición del cuerpo o de los órganos cuando la persona haya fallecido.
Finalidad del testamento vital
El testamento vital también se conoce como documento de voluntades anticipadas. Es una herramienta jurídica que colabora con la persona titular del mismo para manifestar y emitir instrucciones asociadas con la realización de tratamientos médicos.
Debe ser registrado en el departamento sanitario adecuado. A su vez debe ser conservado en el historial clínico de la persona en la Sanidad Pública con la finalidad de ayudar al personal médico a conocer y cumplir con sus voluntades.
Este documento podrá ser anulado por el otorgante en el momento que éste lo decida, ya que en él se incluye la aceptación o rechazo de procedimientos terapéuticos concretos, para el momento en que la persona no se pueda expresar por sí misma.
Puede ser empleado por los médicos al momento de decidir si se administran ciertos tratamientos. También puede ser utilizado para escoger a un interlocutor que formule las instrucciones que se han dado por escrito y que deberán seguir los médicos y equipos sanitarios.
Además debe especificar algunas preferencias como:
- Incluir si se quiere ser atendido en casa o en el hospital
- Recepción de asistencia religiosa o no
- Negación o aprobación de la realización de una autopsia
- Aceptación o no de la donación de órganos para trasplantes o para la ejecución de investigación científica, pudiendo incluir si quiere ser incinerado o no.
¿ Cuando se puede solicitar?
Este documento puede ser realizado en cualquier momento de la vida adulta. Es esencial que se cuente con el suficiente juicio para enunciar la voluntad propia. Debe solicitarse ante un notario y cuenta con un coste aproximado de 60 euros.
Existe también la opción de realizar un documento privado que se firme en compañía de tres testigos. Dos de éstos no deben ser parientes ni encontrarse relacionado de manera patrimonial con la persona interesada.
Es recomendable presentarlo ante cualquier centro sanitario, al Departamento de Salud o a las oficinas de atención ciudadana.
La realización de este documento es un proceso que genera cierta desconfianza y no es considerado como una práctica frecuente en la población española. Aunque puede ser considerado como un documento de gran importancia.
Con su realización se certifica que, si se encuentran disminuidas las propias facultades, se cumplan las voluntades propias de quien lo ha haya realizado con respecto a los tratamientos médicos. Así se elimina la responsabilidad de los familiares en relación con estas decisiones.