Pacto sucesorio

Pacto sucesorio en Catalunya

Se denomina pacto sucesorio al instrumento legal que nos permite la transmisión del patrimonio familiar y el ordenamiento de la herencia futura. La característica principal es que el causante se encuentra vivo, favoreciendo a sus herederos y familiares otorgantes.

Es decir, es una forma de heredar en vida sin que haya fallecimiento. Además, es importante conocer que estos pactos son inalterables, por lo que al ser realizados, firmados y transformados en escritura pública ante notario no se pueden deshacer.

Para reversarse deben estar de acuerdo todas las partes firmantes, por lo que es un documento que debe encontrarse inscrito en el Registro de Actos de Última Voluntad, así como puede registrarse ante el Registro de la Propiedad, causando una efectividad superior ante terceros.

¿A quiénes puede beneficiar un pacto sucesorio?

Los pactos sucesorios pueden incluir únicamente a cónyuges, pareja estable o de hecho, familiares en línea directa o parientes en línea colateral hasta el cuarto grado. Así como a familiares en línea directa o colateral de segundo grado del otro cónyuge o conviviente.

Si en el pacto se incluye a un tercero no otorgante, esto tendrá validez únicamente luego de la muerte del causante y otorgante, si el tercero beneficiado premuere al causante, el pacto sucesorio no será válido.

Puede que exista un testamento que objete al pacto sucesorio. En este caso se tomará en cuenta el pacto sucesorio para la repartición de la herencia.

Es importante mencionar que esta herramienta puede generar cargas a los favorecidos. Por lo tanto es de suma importancia que se indique de manera concreta cual es la finalidad y objeto de las mismas.

Como consecuencia se deberá cancelar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y no el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), por lo que debe tomarse en cuenta la regulación fiscal vigente en el momento de su elaboración.

Elaboración del pacto sucesorio

Para la elaboración de este documento es esencial que los otorgantes sean mayores de edad y que cuenten con la capacidad plena de obrar. El objeto principal es regular todo el patrimonio familiar como si fuera un testamento.

El pacto sucesorio en Catalunya

En el Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña se encuentra la regulación de las sucesiones, incluyendo los pactos sucesorios, ya que su aplicabilidad es a nivel autonómico y no puede ser extendida su aplicación a todo el territorio nacional.

En dicha regulación se especifica que dos o más personas pueden acordar la sucesión como resultado de muerte de cualquiera de ellas, por medio de la institución de uno o más herederos y la ejecución de atribuciones a título particular.

Es muy importante que para su realización se cuente con la asesoría legal de un abogado que tenga conocimiento en sucesiones y herencias.

Revocación del pacto sucesorio en Catalunya

El pacto sucesorio es irrevocable a menos que se acuerde de manera expresa en escritura pública de todos sus otorgantes. Aunque cuenta con ciertas excepciones que pueden solucionarse de forma unilateral si:

  • Existen causas que han sido especificadas de forma expresa.
  • No se ha cumplido con las cargas impuestas.
  • No el factible su finalidad.
  • La generación de un cambio sustancial, sobrevenido e imprevisible
  • La revocación la indignidad sucesoria.

Todo esto debe ser realizado ante notario por medio de escritura pública.


Autor: Redaccion | Artículos

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